Trámites que puede realizar ante la Administración General de Aduanas:

Menaje de casa:

Estudiantes o investigadores mexicanos
Residentes fronterizos
Mexicanos o inmigrantes repatriados o deportados
Diplomaticos
No inmigrantes culto corresponsal

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Estudiantes o investigadores mexicanos


Estudiantes o investigadores mexicanos

Los estudiantes e investigadores mexicanos residentes en el extranjero que regresen a México, pueden introducir su menaje de casa (el menaje de casa comprende el ajuar y utensilios de una casa, que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia y este deberá de ser usado y adquirido con por lo menos seis meses de anticipación a la fecha en que ese pretende ingresar a México) libre de impuestos al comercio exterior y sin la necesidad de presentar facturas comerciales y sin estar inscritos en el Padrón de Importadores. Se incluyen las siguientes mercancías usadas:

Ajuar y mobiliario de una casa, que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia
Ropa, libros, libreros, obras de arte o científicas que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte
Instrumentos científicos de profesionales, herramientas de obreros y artesanos indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio del solicitante. Los instrumentos científicos y las herramientas no podrán constituir equipos completos para la instalación de laboratorios, consultorios o talleres
Las necesarias para el desempeño de las labores de periodismo para prensa, radio o televisión

Menaje permanente

Obtenga en el Consulado Mexicano más próximo a su domicilio la declaración certificada de menaje, en la cual deberá manifestar:
1. Nombre completo
2. Domicilio donde estableció su residencia en el extranjero
3. Descripción y cantidad de bienes del menaje
4. Comprobante de que el motivo de su residencia en el extranjero fue por estudios o investigaciones en instituciones académicas y esa residencia fue por lo menos de un año
5. Acreditar que el menaje fue adquirido seis meses antes de que se pretenda importar a México
6. Copia del pedimento de importación de menaje de casa anterior, si lo hubo

Acuda a la aduana por la que va a efectuar la importación y acredite su calidad migratoria
Contrate los servicios de un agente aduanal para la elaboración del pedimento correspondiente, en el cual se deberá asentar en el campo correspondiente la fracción arancelaria 9804.00.01 de la Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE), e indicar en el bloque de identificadores la clave MD, conforme al Apéndice 8, del Anexo 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior
Manifieste el lugar de residencia; describa y cuantifique el menaje
Remita el menaje a la aduana por la que va a efectuar la importación
Pague honorarios y derecho de trámite aduanero (DTA) al agente aduanal
Active al mecanismo de selección automatizado, que determinará si la mercancía se revisa o no
Recoja el menaje acompañado por el agente aduanal

  Los estudiantes o investigadores mexicanos podrán solicitar autorización para importar su menaje de casa ante la Administración Local Jurídica, sin que sea necesaria la presentación de la declaración certificada por el consulado mexicano del lugar en donde residió.

Menaje temporal

Acuda a la aduana mexicana más próxima a su localidad
Solicite a un agente aduanal la elaboración del pedimento correspondiente
Manifieste el lugar de residencia; describa y cuantifique el menaje; manifieste por escrito que se obliga a dar aviso a la autoridad si cambia de domicilio y retornar el menaje a su lugar de origen
Remita el menaje a la aduana por la que va a efectuar la importación
Pague honorarios y derecho de trámite aduanero (DTA) al agente aduanal
Active al mecanismo de selección automatizado, que determinará si la mercancía se revisa o no
Recoja el menaje acompañado por el agente aduanal


Muy importante

- Los ciudadanos mexicanos deberán contar con un lapso mínimo de dos años de residencia en el extranjero en el caso de que sean repatriados.
- No se consideran parte del menaje las mercancías (materias primas, equipos, inventarios, etc.) necesarias para desempeñar actividades comerciales o industriales, ni los vehículos.

Ultima actualización realizada el 13 de junio de 2006.


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