Importaciones definitivas de automoviles usados:

La importaci[on definitiva es un cierto trámite por medio del cual un vehículo podrá permanecer en el país por tiempo limitado.

La importación definitiva de vehículos se encuentra regulada por la Secretaría de Economía, debiendo presentarse para su ingreso al país un permiso previo por parte de esa dependencia. No obstante lo anterior existen diversas excepciones a la presentación de este permiso previo de importación, las cuales son:

 
Vehículos usados cuyo año-modelo sea entre diez y quince años anteriores al año en que se realice la importación
Vehículos usados importados temporalmente; cuyo año modelo sea entre diez y quince años anteriores al año en que se realice la importación
Vehículos usados tipo Pick, cuyo año modelo sea entre diez años anteriores al año de importación
Vehículos usados que importen los residentes de la franja o región fronteriza norte del país para permanecer en dichas zonas.
Regularización
Vehículos usados considerados como clásicos.
 
Si su vehículo no se encuentra dentro de los anteriores solo podrá ser importado si cuenta con el permiso previo de importación por parte de la Secretaría de Economía.
Permiso previo de la Secretaría de Economía

Aviso: antes de importar un vehículo

Los trámites para la importación definitiva de vehículos no se realizan en la calle. No entregue la documentación de su vehículo a personas en la vía pública ni a gestores. Sólo un agente aduanal puede realizar el trámite ante la autoridad aduanera en su nombre. Cotice y contrate los servicios de un agente aduanal.

Para mayores informes, acuda a la Asociación de Agentes Aduanales de su localidad o consulte la página de la Caaarem: www.caaarem.org.mx, donde encontrará un directorio de los agentes aduanales autorizados en el país

Su agente aduanal es el encargado de:

• Hacer trámites ante la autoridad aduanera en su nombre
• Clasificar arancelariamente el vehículo
• Determinar las contribuciones que deberá pagar
• Elaborar un pedimento de importación


No caiga en manos de falsos gestores. Conozca a su agente aduanal y cerciórese de que esté autorizado por la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público

La información un este sitio tiene exclusivamente fines de orientación y no genera derechos ni obligaciones. En caso de estimarlo conveniente, podrá presentar solicitud por escrito ante la autoridad fiscal, en los términos de los artículos 18, 18A y 19 del Código Fiscal de la Federación, en el entendido que, de conformidad con el artículo 34, sólo se está obligando a contestar consultas sobre situaciones reales y concretas que realice individualmente el interesado. Atención telefónica 01 800 INFOSAT (46 36 728), lunes a sábado de 8 a 21 horas