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Inscripción en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos

Los contribuyentes que requieran inscribirse en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos e importar mercancías de las fracciones arancelarias listadas en el ( 120 kB) Anexo 10 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior vigente, deberán encontrarse inscritos y activos en el Padrón de Importadores y generar en el Portal del SAT, accediendo a Mi portal, en la sección “Servicios por Internet”, en el apartado “Padrones”, en  “Aumento ó disminución de Sectores”, su solicitud electrónica, ingresando con su RFC y CIEC, antes cerciorándose de que cumple con los siguientes requisitos:
  • FIEL vigente expedida por el SAT. Tratándose de personas morales deberán utilizar su propia FIEL expedida por el SAT y no la de su representante legal.

  • CIEC.

  • Domicilio fiscal que se encuentre como localizado en el RFC, o en proceso de verificación por parte de la ALSC.

  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y acreditar dicha circunstancia a través de la opinión sobre el cumplimiento de las mismas que obtengan en términos de lo dispuesto por la regla II.2.1.13. de la RMF.

  • Estar inscrito y activo en el RFC con alguna de las obligaciones del Régimen General de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o en alguna de las señaladas en el artículo 71 del Reglamento.
Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 2 del Apartado A del Anexo 10, se deberá anexar a la solicitud en forma  digitalizada la “Licencia o Autorización vigente para el uso o comercialización de material radiactivo”, emitida por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias de la Secretaría de Energía, la cual deberá ser digitalizada.

No procederá la inscripción en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos cuando las personas físicas o morales, se ubiquen en cualquiera de los supuestos señalados en la regla 1.3.4.

Resultado del trámite

Puede verificar el resultado o el estado que guarda su trámite en el Portal del SAT, accediendo a Mi portal y dando clic en Servicios por internet, apartado Padrones, Consultas de solicitudes creadas.

Importante

Consulte el ( 3107 kB) Manual del contribuyente donde se indican los pasos a seguir para realizar el trámite.
última modificación :
12/julio/2011, 16:41, información vigente.
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