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Padrones y encargos conferidos

Padrón de Importadores de Sectores Específicos

Inscripción en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos
Inscripción en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos
Los contribuyentes que requieran inscribirse en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos e importar mercancías de las fracciones arancelarias listadas en el (

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Anexo 10 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior vigente, deberán encontrarse inscritos y activos en el Padrón de Importadores y generar en el
Portal del SAT, accediendo a
Mi portal, en la sección “Servicios por Internet”, en el apartado “Padrones”, en “Aumento ó disminución de Sectores”, su solicitud electrónica, ingresando con su RFC y CIEC, antes cerciorándose de que cumple con los siguientes requisitos:
- FIEL vigente expedida por el SAT. Tratándose de personas morales deberán utilizar su propia FIEL expedida por el SAT y no la de su representante legal.
- CIEC.
- Domicilio fiscal que se encuentre como localizado en el RFC, o en proceso de verificación por parte de la ALSC.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y acreditar dicha circunstancia a través de la opinión sobre el cumplimiento de las mismas que obtengan en términos de lo dispuesto por la regla II.2.1.13. de la RMF.
- Estar inscrito y activo en el RFC con alguna de las obligaciones del Régimen General de la Ley del Impuesto Sobre la Renta o en alguna de las señaladas en el artículo 71 del Reglamento.
Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 2 del Apartado A del Anexo 10, se deberá anexar a la solicitud en forma digitalizada la “Licencia o Autorización vigente para el uso o comercialización de material radiactivo”, emitida por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias de la Secretaría de Energía, la cual deberá ser digitalizada.
No procederá la inscripción en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos cuando las personas físicas o morales, se ubiquen en cualquiera de los supuestos señalados en la regla 1.3.4.
Resultado del trámite
Puede verificar el resultado o el estado que guarda su trámite en el
Portal del SAT, accediendo a
Mi portal y dando clic en Servicios por internet, apartado Padrones, Consultas de solicitudes creadas.

Importante
Consulte el (

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Manual del contribuyente donde se indican los pasos a seguir para realizar el trámite.