Franquicia
La franquicia es el permiso que el gobierno mexicano concede a una persona, ya sea nacional o extranjera, para no pagar derechos e impuestos por una determinada cantidad de mercancías que introduce al país.

Aviso importante
Se incrementa la franquicia durante el operativo de invierno Durante el periodo de invernal, del 1 de noviembre de 2009 al 10 de enero de 2010, se incrementa la franquicia de 75 a 300 dólares de los Estados Unidos de América, para pasajeros de nacionalidad mexicana que ingresen al país por vía terrestre.
Ingreso a territorio nacional por vía marítima o aérea
Su franquicia será de hasta 300 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera, en uno o varios artículos, excepto tratándose de cervezas, bebidas alcohólicas y tabacos labrados.
Ingreso al país por vía terrestre
Su franquicia cubre hasta 75 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera, en uno o varios artículos, excepto tratándose de cervezas, bebidas alcohólicas, tabacos labrados y gasolina, salvo la contenida en el tanque de gasolina del vehículo de acuerdo con las especificaciones del fabricante.
Del 1 de noviembre de 2009 al 10 de enero de 2010 se incrementara de 75 dólares hasta por 300 dólares la franquicia para pasajeros de nacionalidad mexicana provenientes del extranjero que ingresen al país por vía terrestre, siempre que no se trate de personas residentes en la franja o región fronteriza.
En ambos casos se deberá contar con la factura, comprobante de venta o cualquier otro documento que exprese el valor comercial de las mercancías.
Las cantidades podrán acumularse por el padre, la madre y los hijos, considerando inclusive a los menores de edad, cuando el arribo a territorio nacional sea simultáneo y en el mismo medio de transporte.
Asimismo, los pasajeros procedentes de la franja o región fronteriza al interior del país, podrán importar al amparo de su franquicia mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional.