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Preguntas frecuentes de menaje de casa 1. Pienso establecer mi residencia en México, ¿qué artículos puedo ingresar dentro de mi menaje de casa?2. Soy extranjero y voy a trabajar en México, ¿qué debo hacer para importar mi menaje de casa sólo de manera temporal?3. Estudié en el extranjero durante año y medio pero el consulado mexicano en el país donde estudié no pudo sellar mi menaje de casa porque no cumplo con dos años de residencia.4. Por razones de costos, mi menaje de casa lo mandé por vía terrestre, pero yo pienso viajar en avión, ¿puedo llegar a México antes que mi menaje de casa?5. ¿Qué documentos necesito para importar mi menaje de casa? 1. Pienso establecer mi residencia en México, ¿qué artículos puedo ingresar dentro de mi menaje de casa?El menaje de casa se integra por las siguientes mercancías usadas: - Ajuar y mobiliario de una casa que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia.
- Ropa, libros, libreros, obras de arte o científicas que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte.
- Instrumentos científicos de profesionales, herramientas de obreros y artesanos indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio del solicitante.
- Los instrumentos científicos y las herramientas no podrán constituir equipos completos para la instalación de laboratorios, consultorios o talleres.
- Las necesarias para el desempeño de las labores de periodismo para prensa, radio o televisión.
2. Soy extranjero y voy a trabajar en México, ¿qué debo hacer para importar mi menaje de casa sólo de manera temporal?Pueden importar temporalmente su menaje de casa, las personas que obtengan las personas que obtengan las siguientes calidades migratorias: visitantes distinguidos, estudiantes, inmigrantes, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos: - Acreditar la calidad migratoria, conforme a la legislación aplicable.
- Señalar el lugar en el que establecerá su residencia en territorio nacional.
- La descripción de los bienes que integren el menaje de casa.
- Manifestar ante la aduana de ingreso, por escrito, que se obliga al retorno de la mercancía y que, en caso de cambio de domicilio, dará aviso a la autoridad aduanera.
- Deberá importar su menaje de casa a través de agente aduanal mediante pedimento.
3. Estudié en el extranjero durante año y medio pero el consulado mexicano en el país donde estudié no pudo sellar mi menaje de casa porque no cumplo con dos años de residencia.Es importante establecer que los estudiantes e investigadores nacionales, sólo deberán acreditar la residencia de al menos año en el extranjero y que el menaje de casa fue adquirido al menos seis meses antes de que pretenda importarse, pero no ante el Consulado, sino ante la Administración Local Jurídica que corresponda a su domicilio, de la cual deberán obtener autorización para realizar su menaje de casa. En la solicitud de autorización deberá establecer lo siguiente: - Nombre del importador.
- Domicilio donde estableció su residencia en el extranjero.
- Descripción y cantidad de los bienes que integran el menaje de casa.
- Comprobar que el motivo de su residencia en el extranjero fue para la realización de fines de estudio o investigación, en instituciones académicas o de investigación.
- Acreditar que el citado menaje de casa fue adquirido seis meses antes de que pretenda importarse.
- Acreditar un año de residencia en el extranjero.
4. Por razones de costos, mi menaje de casa lo mandé por vía terrestre, pero yo pienso viajar en avión, ¿puedo llegar a México antes que mi menaje de casa?La exención del pago de impuestos al comercio exterior para los menajes de casa se otorgará cuando: - El pasajero los traiga o lleve consigo.
- Cuando lleguen o salgan dentro de los tres meses anteriores a la entrada o salida del pasajero.
- Seis meses después de la fecha en que éste haya arribado o salido.
5. ¿Qué documentos necesito para importar mi menaje de casa?Podrá realizar el menaje de casa, siempre que se trate del menaje de inmigrantes y nacionales repatriados o deportados que los mismos hayan usado durante su residencia en el extranjero, que se hayan adquirido con una anterioridad mínima de seis meses a la fecha en la que desea realizar la importación, SE PUEDE IMPORTAR LIBRE DE IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR, siempre que se haya vivido en el extranjero por lo menos DOS AÑOS ANTES de realizarse la importación del menaje. La exención de impuestos para los menajes de casa, se otorgará cuando el pasajero los traiga o lleve consigo o cuando lleguen o salgan dentro de los tres meses anteriores a la entrada o salida del pasajero, y seis meses después de la fecha en que éste haya arribado o salido. El menaje de casa esta formado por: - Ajuar y mobiliario de una casa, que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia.
- Ropa, libros, libreros, obras de arte o científicas que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte.
- Instrumentos científicos de profesionales, herramientas de obreros y artesanos indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio del solicitante. Los instrumentos científicos y las herramientas no podrán constituir equipos completos para la instalación de laboratorios, consultorios o talleres.
- Las necesarias para el desempeño de las labores de periodismo para prensa, radio o televisión.
NO quedan comprendidas en la presente exención las mercancías que los interesados hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales, NI LOS VEHÍCULOS. El procedimiento necesario para importar el menaje de casa, es: - Contratar los Servicios de un Agente Aduanal, ya que él será quien se encargue de realizar todos los trámites de importación. Puede contactar a los Agentes Aduanales en las siguientes confederaciones:
- Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM)
Teléfonos 01 (55) 33 00 75 00 o 51 41 59 45 en México, D.F. Página de Internet: www.caaarem.org.mx
- Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales (CLAA)
Teléfonos 01 (55) 57 86 81 90 en el D.F. o 01 (800) 702 04 22 Lada Nacional Página de Internet: www.claa.org.mx
- Acuda a la aduana por la que va a efectuar la importación y acredite su calidad migratoria.
- Realizar su importación mediante la presentación de un pedimento ante la aduana por la que va a efectuar la importación, al cual se deberá anexar una declaración certificada por el consulado mexicano del lugar en donde residió la persona que pretenda importar el menaje de casa, ésta declaración certificada deberá contener:
- El nombre del Importador.
- El domicilio donde estableció su residencia en el extranjero.
- El tiempo de residencia en el extranjero. Tratándose de emigrantes nacionales, el tiempo de residencia en el extranjero no podrá ser menor a dos años.
- El lugar en el que establecerá su residencia en territorio nacional (México).
- La descripción y cantidad de los bienes que integran el menaje de casa.
- La copia del pedimento de importación del menaje de casa anterior (en caso de que haya).
- Manifestar el lugar de residencia.
- Describir y cuantificar el menaje.
- Remitir el menaje a la aduana por la que va a efectuar la importación.
- Pagar honorarios al Agente Aduanal.
- Pagar el Derecho de Trámite Aduanero (DTA) de 8 al millar.
- Activar el mecanismo de selección automatizado, que determinará si la mercancía se revisa o no.
- Recoger el menaje acompañado por el agente aduanal
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Última actualización:
24/marzo/2010, 21:55, información vigente.
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