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Actuación del Agente Aduanal:


La persona física que haya obtenido la patente de agente aduanal, le da el derecho a actuar ante la aduana de adscripción para la que se le expidió la patente. El agente aduanal podrá solicitar autorización para actuar en una aduana adicional a la de adscripción por la que se le otorgó la patente.

En ningún caso se podrá autorizar a un agente aduanal a efectuar despachos en más de tres aduanas distintas a las de su adscripción. Cuando el agente aduanal expresamente renuncie a una aduana que le hubiera sido autorizada, podrá presentar solicitud para que se le autorice en otra aduana.

Los agentes aduanales, podrán solicitar autorización para actuar en una aduana adicional a la de su adscripción, con un máximo de tres, para lo cual deberán cumplir con los requisitos previstos en el “Instructivo de trámite para la autorización de aduana adicional”, el cual se indica a continuación:

Instructivo de trámite para autorización de aduana adicional de conformidad con la regla 1.4.6.

¿Quiénes lo realizan?

Agentes aduanales que no se encuentren sujetos a procedimiento de suspensión, cancelación o extinción de su patente.
¿Cómo se realiza?

Mediante escrito libre de conformidad con la regla 1.2.2., con la firma autógrafa del agente aduanal.
¿Dónde se presenta?

Ante la ACRA de manera personal o se envía a través del servicio de mensajería.
¿Qué documento se obtiene?

Acuerdo de autorización de aduana adicional.
¿Cuándo se presenta?

En los casos en que el agente aduanal se encuentre interesado en obtener la autorización para actuar en una aduana adicional a la de su adscripción, con un máximo de 3 aduanas adicionales.
¿Qué procede en caso de que los datos estén incompletos o presenten inconsistencias?

La ACRA, podrá dar aviso al agente aduanal vía correo electrónico de esta circunstancia, a la dirección que, en su caso, haya indicado en su solicitud, a efecto de que las subsane presentando un escrito conforme al presente instructivo.
Requisitos:

1.     Nombre completo, RFC, CURP.

2.     Número de patente.

3.     Aduana de adscripción y número de autorización para actuar ante aduanas adicionales, en su caso.

4.     Domicilio fiscal.

5.     Dirección de correo electrónico.

6.     Número telefónico de sus oficinas

7.     Domicilio para oír y recibir notificaciones.

8.     Denominación o razón social, RFC y domicilio fiscal de las sociedades que hubiera constituido para facilitar la prestación de sus servicios.

9.     Aduana adicional en la que desea actuar.

10.   Domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la circunscripción de la aduana donde desea actuar.

11.   Domicilio para oír y recibir notificaciones de la aduana de adscripción y en su caso de las aduanas adicionales autorizadas en las que opera.

12.   En caso de sustitución de alguna de las tres aduanas adicionales autorizadas, se deberá señalar la aduana o aduanas que serán sustituidas. 
Disposiciones jurídicas aplicables:

Artículo 161 de la Ley y reglas 1.2.2., 1.4.6.


La Administración Central de Regulación Aduanera (ACRA), verificará que el agente aduanal y, en su caso, las sociedades que hubiera constituido para facilitar la prestación de sus servicios, hubieran presentado la declaración anual del ISR correspondiente al último ejercicio fiscal por el que se debió haber presentado.

Asimismo, los agentes aduanales podrán solicitar autorización para cambiar de aduana de adscripción, para lo cual deberán enviar a través del servicio de mensajería o presentar ante la ACRA, escrito libre firmado por el agente aduanal y señalando bajo protesta de decir verdad, que no cuenta con mercancías pendientes de despacho, en la actual aduana de adscripción.

 
última modificación :
20/diciembre/2011, 19:25, información vigente.
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