Autorización de recintos fiscalizados para realizar la elaboración, transformación o reparación de mercancías en recinto fiscalizado.
Homoclave: AGA-01-007 1. NOMBRE DEL TRÁMITE 1.1. Autorización de recintos fiscalizados para realizar la elaboración, transformación o reparación de mercancías en recinto fiscalizado.
2. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA Y FECHA DE PUBLICACIÓN DE CADA ORDENAMIENTO. 2.1. Artículos 14, 14-A y 135 de la Ley Aduanera.
2.2. Artículos 18, 18-A, 19 y 37 del Código Fiscal de la Federación.
2.3. Artículo 40, inciso q) de la Ley Federal de Derechos.
2.4. Reglas 1.1.3., 1.2.2., 2.3.1., 4.7.1 y 5.2.10., de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y sus posteriores modificaciones. (DOF. 29/07/2011).
3. CASOS EN QUE DEBE O PUEDE REALIZARSE.3.1. Las personas que cuenten con autorización o concesión para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, podrán solicitar esta autorización cuando estén interesados en operar bajo el régimen de elaboración, transformación o reparación de mercancías en recinto fiscalizado.
4. MANERA DE PRESENTAR EL TRÁMITE. 4.1. Escrito libre.
5. FORMATO CORRESPONDIENTE AL TRÁMITE, EN SU CASO Y FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL DOF. 5.1. No aplica.
6. DATOS Y DOCUMENTOS ESPECÍFICOS QUE DEBE CONTENER O SE DEBEN ADJUNTAR AL TRÁMITE.6.1. Datos:
6.1.1. Nombre(s) de (los) interesado(s).
6.1.2. Denominación o razón social.
6.1.3. Domicilio fiscal manifestado en el RFC.
6.1.4. Clave en el RFC.
6.1.5. Señalar la autoridad a la que se dirige.
6.1.6. Señalar el propósito de la promoción.
6.1.7. Domicilio para oír y recibir notificaciones, en su caso.
6.1.8. Nombre de la persona autorizada para recibir notificaciones.
6.1.9. Nombre del representante legal en su caso.
6.1.10. Teléfono de (los) interesado(s), en su caso.
6.1.11. Teléfono del representante legal en su caso.
6.1.12. Datos de todas las personas involucradas en la solicitud:
6.1.12.1. Nombres.
6.1.12.2. Dirección.
6.1.12.3. RFC.
6.1.12.4. Número de identificación fiscal, en caso de residentes extranjeros.
6.1.13. Describir las actividades a las que se dedica el interesado.
6.1.14. Monto de la operación u operaciones objeto de la promoción.
6.1.15. Señalar todos los hechos y circunstancias relacionados con la promoción.
6.1.16. Describir las razones de negocio que motivan la operación planteada.
6.1.17. Indicar si los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción han sido planteadas ante una autoridad fiscal distinta a la que recibió la promoción o ante autoridades administrativas o judiciales distintas y, en su caso, el sentido de la resolución.
6.1.18. Indicar si el contribuyente se encuentra sujeto al ejercicio de las facultades de comprobación por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por entidades federativas coordinadas en ingresos federales, señalando los periodos y las contribuciones objeto de la revisión.
6.1.19. Firma del promovente o representante legal.
6.2. Documentos anexos:
6.2.1. Concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior.
6.2.2. Copia certificada de la escritura con la que se acredite la representación de la persona que promueve a nombre de la solicitante, con poder para actos de administración.
7. PLAZO MÁXIMO QUE TIENEN LAS AUTORIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERALDE ADUANAS PARA RESOLVER EL TRÁMITE, EN SU CASO, Y SI APLICA LA NEGATIVA O LA POSITIVA FICTA.7.1. Plazo máximo:
7.1.1. La resolución del trámite debe emitirse dentro del siguiente plazo contado a partir de la recepción de la solicitud: tres meses.
7.2. Aplica positiva ficta:
7.2.1. No aplica
7.3. Aplica negativa ficta:
7.3.1. Si aplica.
8. EXCEPCIONES A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 15-A DE LA LFPA, EN SU CASO. 8.1. Los documentos anexos previstos en el punto 6.2.2 deberán presentarse en copia certificada.
9. MONTO DE LOS DERECHOS O APROVECHAMIENTOS APLICABLES, EN SU CASO, O LA FORMA DE DETERMINAR DICHO MONTO. 9.1. Pagar el derecho por el trámite y en su caso, por el otorgamiento de la autorización para que dentro de los recintos fiscalizados, las mercancías en ellos almacenadas puedan ser objeto de elaboración, transformación o reparación, previsto en el artículo 40, inciso q) de la Ley Federal de Derechos.
9.2. Posteriormente, pagar en forma anual, el derecho previsto en el artículo 40, inciso q) de la Ley Federal de Derechos.
10. VIGENCIA DEL TRÁMITE.10.1. Hasta por veinte años, prorrogables hasta por otro plazo igual, en concordancia con la concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior.
11. PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE.11.1. La solicitud se recibe en la ventanilla de Oficialía de Partes de la Administración Central de Regulación Aduanera, quien la turna a la Administración de Regulación Aduanera 1. Se revisa la documentación y se integra el expediente. En caso de omisión de alguno de los requisitos, se requiere al promovente para que en un plazo de 10 días cumpla con lo omitido. Una vez que la empresa cumple con todos y cada uno de los requisitos y documentos establecidos, de ser procedente, se elabora el oficio de autorización correspondiente.
11.2. La resolución firmada se notifica conforme a lo dispuesto en los artículos 134, 135 y 136 del Código Fiscal de la Federación.
12. UNIDADES ADMINISTRATIVAS ANTE LAS QUE SE PUEDE PRESENTAR EL TRÁMITE.12.1. En la ventanilla (buzón) de recepción de la Administración Central de Regulación Aduanera, de la Administración General de Aduanas, o remitirla por mensajería al domicilio de Avenida Hidalgo 77, Módulo IV, Planta Baja, Colonia Guerrero, C.P. 06300, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.
13. HORARIOS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO.13.1. De 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes para recepción de documentos.
14. NÚMEROS DE TELÉFONO, FAX Y CORREO ELECTRÓNICO, ASÍ COMO LA DIRECCIÓN Y DEMÁS DATOS RELATIVOS A CUALQUIER MEDIO QUE PERMITA EL ENVÍO DE CONSULTAS, DOCUMENTOS Y QUEJAS.14.1. Teléfono: 58 02 08 79
14.2. Fax: 58 02 23 59
14.3. Correos electrónicos:
regulacionaduanera_1@sat.gob.mx14.4. Administración Central de Regulación Aduanera: Av. Hidalgo 77, Módulo IV, Planta Baja. Col. Guerrero. Delegación Cuauhtémoc. CP 06300, México, D.F.
15. OTRA INFORMACIÓN QUE PUEDE SER DE UTILIDAD PARA LOS INTERESADOS.15.1. Ninguna